Aparece David Patey (CLUB SPORT HEREDIANO) en negocios con JCB (CEMENTAZO) y no cancela deuda con CCSS.

 

Estimado señor Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, Dr Fernando Llorca Castro.

Reciba un saludo cordial.

En fecha 25 de setiembre recién pasado, realicé FORMAL DENUNCIA ante la Fiscalía General de la República, por la aparente retención indebida del señor David Patey con relación a las cuotas obrero-patronales que adeuda a nuestra Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de sus representadas que, a la fecha suman 119.682.013.00

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2017/09/25/acuso-a-david-patey-de-retencion-indebida-ante-el-minist-publico-%E2%82%A1126-millones/

Ahora bien, el día de hoy en periódico La Nación, en la Sección de Economía, página 17A, aparece un reportaje que indica:

“David Patey pagó dinero a nombre de cementera”

“El empresario David Patey pagó $1,4 millones al Banco de Costa Rica (BCR) a nombre de Sinocem Costa Rica”.

Con esta nota periodística, nuevamente nos enteramos, que el señor David Patey, aparece con otra razón social que sostiene adeudos con nuestra Institución de Salud.

Así las cosas, del 25 de setiembre a la fecha, lo que hemos advertido, es que el señor Patey por temor a que le toquen sus intereses futboleros, canceló únicamente los saldos pendientes con esas razones sociales, dejando el grueso de capital y montos bastante importantes, al descubierto, tal y como lo podemos analizar en el siguiente cuadro de sus adeudos.

DETALLE:

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDA
  CCSS
3-102-698221NJ Recursos Humanos Ltda80,951,537.00
3-101-230354África Mía, S.A.32,557,715.00
3-102-406940Comercializadora de Servicios Empresariales ZOTAPELCOSO, S.R.L.6,172,761.00
3-101-665562Fuerza Herediana, S.A.0.00
3-101-222177Negocios Iberoamericanos EAS del Pacífico, S.A.0.00
3-102-147092R B C Radio Ltda0.00
3-002-061596Asociación Deportiva Club Sport Herediano0.00
 
TOTALES₡119,682,013.00

 

Por las razones expuestas, solicito de manera vehemente, pero enérgica, su representada, la Caja, actúe de manera inmediata con la aplicación de la responsabilidad solidaria (art 51 de la Ley Constitutiva de la Institución) ya que es evidente y claro, el GRUPO DE INTERÉS ECONÓMICO que sostiene el señor David Patey con todas estas razones sociales.

De igual forma, solicito, se aplique a todas estas empresas, el Artículo 48 de cierre de negocio, hasta tanto, se ponga a derecho con nuestra Seguridad Social.

Por respeto y consideración a su persona, le pongo al tanto, que esta petición se le está copiando directamente al Fiscal General de la República Lic Jorge Chavarría Guzmán, para lo que corresponda.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

9 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

Más 1 de 1.607 Imprimir todo En una ventana nueva Aparece David Patey (CLUB SPORT HEREDIANO) en negocios con JCB (CEMENTAZO) y no cancela deuda con CCSS.

 

Estimado señor Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, Dr Fernando Llorca Castro.

Reciba un saludo cordial.

En fecha 25 de setiembre recién pasado, realicé FORMAL DENUNCIA ante la Fiscalía General de la República, por la aparente retención indebida del señor David Patey con relación a las cuotas obrero-patronales que adeuda a nuestra Caja Costarricense de Seguro Social, por medio de sus representadas que, a la fecha suman 119.682.013.00

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Ahora bien, el día de hoy en periódico La Nación, en la Sección de Economía, página 17A, aparece un reportaje que indica:

“David Patey pagó dinero a nombre de cementera”

“El empresario David Patey pagó $1,4 millones al Banco de Costa Rica (BCR) a nombre de Sinocem Costa Rica”.

Con esta nota periodística, nuevamente nos enteramos, que el señor David Patey, aparece con otra razón social que sostiene adeudos con nuestra Institución de Salud.

Así las cosas, del 25 de setiembre a la fecha, lo que hemos advertido, es que el señor Patey por temor a que le toquen sus intereses futboleros, canceló únicamente los saldos pendientes con esas razones sociales, dejando el grueso de capital y montos bastante importantes, al descubierto, tal y como lo podemos analizar en el siguiente cuadro de sus adeudos.

DETALLE:

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDA
  CCSS
3-102-698221NJ Recursos Humanos Ltda80,951,537.00
3-101-230354África Mía, S.A.32,557,715.00
3-102-406940Comercializadora de Servicios Empresariales ZOTAPELCOSO, S.R.L.6,172,761.00
3-101-665562Fuerza Herediana, S.A.0.00
3-101-222177Negocios Iberoamericanos EAS del Pacífico, S.A.0.00
3-102-147092R B C Radio Ltda0.00
3-002-061596Asociación Deportiva Club Sport Herediano0.00
 
TOTALES₡119,682,013.00

 

Por las razones expuestas, solicito de manera vehemente, pero enérgica, su representada, la Caja, actúe de manera inmediata con la aplicación de la responsabilidad solidaria (art 51 de la Ley Constitutiva de la Institución) ya que es evidente y claro, el GRUPO DE INTERÉS ECONÓMICO que sostiene el señor David Patey con todas estas razones sociales.

De igual forma, solicito, se aplique a todas estas empresas, el Artículo 48 de cierre de negocio, hasta tanto, se ponga a derecho con nuestra Seguridad Social.

Por respeto y consideración a su persona, le pongo al tanto, que esta petición se le está copiando directamente al Fiscal General de la República Lic Jorge Chavarría Guzmán, para lo que corresponda.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

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9 de octubre de 2017

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2do puesto Dip de Limón (Gourzong), le será cerrada su empresa SEPORATLA por la CCSS por deuda de 940 millones.

 

Estimado señor Antonio Álvarez Desanti, candidato a la Presidencia de la República, por parte del Partido Liberación Nacional.

Procedo por este medio, a enviarle un saludo cordial.

De manera atenta y respetuosa, le recuerdo que, el suscrito en fecha 28 de setiembre del año en curso, envió a Usted personalmente, denuncia contra el señor David Gourzong Cerdas, persona que fue escogida por Usted, como segundo candidato a la Diputación de la Provincia de Limón por el Partido Liberación Nacional, mismo que es representante y Gerente General de la razón social SEPORATLA SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLÁNTICO, S.A, empresa que sostiene una importante deuda con nuestra Caja Costarricense de Seguro Social.

Aproveché dicha denuncia, para interponer de igual manera, ante la Presidencia Ejecutiva de JAPDEVA, mi inquietud, porque Seporatla Servicios Portuarios del Atlántico, sostiene una concesión de servicios de estiba y desestiba con la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica. (JAPDEVA)

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2017/09/27/japdeva-debe-cancelar-concesion-de-estiba-a-serporatle-de-david-gourzong/

La respuesta de la Presidencia Ejecutiva de JAPDEVA, de manera muy gentil, indica textualmente:

De acuerdo con sus observaciones,  le explico que según las estipulaciones del cartel de Licitación Pública # 2011 LN-000001-01 “Para la Concesión de los Servicios de Estiba y Desestiba” son obligaciones del concesionario SERPORATLA:

 

“1. Asumir las responsabilidades civiles, laborales y de cualquier tipo que se deriven de la prestación del servicio y que le sean imputables.”

 

El apartado XIII de dicho Cartel para lo que interesa señala:

 

“Se considera incumplimiento del Contrato cualquier acción u omisión del Concesionario, contrarios a lo previsto en el presente Cartel, el Contrato, el Anteproyecto de Explotación de Servicios de Estiba y Desestiba, Carga – Descarga y Manipulación de Mercancías en las Terminales Portuarias actuales de Puerto Limón y Moín, y el ordenamiento jurídico (…)” (lo subrayado no es del original)

 

El contrato suscrito entre SERPORATLA y JAPDEVA en la cláusula DECIMO SEGUNDA dispone:

 

“El Concesionario deberá asumir la responsabilidad como patrono único de los empleados  que tenga a su cargo, por lo que las obligaciones obrero-patronales correrán por su cuenta. El Concesionario deberá pagar la cuota patronal de Seguro Social y asumir en forma amplia, total y general, todas las obligaciones y responsabilidades que correspondan al patrono, derivadas del Código de Trabajo, o leyes conexas. Será obligación ineludible del Concesionario cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social de sus trabajadores.

 

La Unidad Técnica de Supervisión y Control de la Concesiones de Servicios de Estiba y Desestiba podrá verificar  en cualquier momento el cumplimiento de estas obligaciones, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo.” (lo subrayado no es del original)

 

Amén de lo anterior, el Consejo de Administración de JAPDEVA ordenó el inicio del procedimiento administrativo de conformidad con las regulaciones de la Ley General de la Administración Pública,  el cual deberá investigar lo relacionado a la morosidad que mantiene la empresa Servicios Portuarios del Atlántico Sociedad Anónima (SERPORATLA S.A.) con la Caja Costarricense del Seguro Social. El resultado de dicho procedimiento ordinario podría implicar la resolución contractual.

Dicho proceso se encuentra en fase de instrucción para luego concluir presentando la respectiva recomendación final para que el Consejo de Administración proceda a tomar la decisión final que en derecho corresponda.

A pesar de que el señor David Gourzong Cerdas, por medio de la prensa expresó a su persona, que está con un posible arreglo de pago con la Caja por la importante deuda, le pongo al tanto, que el asunto es totalmente lo contrario, ya que, desde julio del año en curso, se tramita la aplicación del artículo 48 (cierre de negocio) de la Ley Constitutiva de la Caja, para el cierre de Serporatla, S.A.

En lo relativo al cierre de establecimientos dispuesto por la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social; mediante oficios DRSHA 1113-07 de fecha 07 de julio y DRSHA 1138-07 de fecha 12 de julio, ambos del año 2017, la Dirección Regional Huetar Atlántica de la CCSS ordenó la ejecución de la sanción administrativa de cierre de negocios por mora a SERPORATLA.

Por los motivos antes expuestos, le solicito respetuosamente, interceda ante el señor Gourzong Cerdas, para que ponga en orden sus asuntos de alta morosidad con nuestra Benemérita Institución, antes que llegue al primer poder de la república, porque de no ser así, no me cabe la menor duda, el perjuicio que le provocará a Usted en su campaña, será de lamentar.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

4 de octubre de 2017

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Joven de 22 años recibe pensión de ₵9.6 millones, por ser hijo de Dr Longino Soto P.

 

Estimado Lic Helio Fallas Venegas, Primer Vicepresidente de la República y Ministro de Hacienda.

Aprovecho este medio, para enviarle un cordial saludo.

En estos días me he dedicado a dar un vistazo a las pensiones de lujo con cargo al Presupuesto Nacional y, me he topado con un caso específico que, a mi poco entender, me ha dejado perplejo, por ello, de manera atenta y respetuosa, le solicito, me ponga al tanto, ya que a pesar de que he tratado buscar una respuesta lógica a dicho caso, no le encuentro ni pies ni cabeza.

HECHOS:

El joven de 22 años, ALEJANDRO CESAR SOTO RAMIREZ, portador de la cédula de identidad Nº 1-1587-0921, de acuerdo con el informe del Ministerio de Hacienda actualizado a mayo 2014, recibe una pensión de SUPER LUJO por un monto de 9.663.560.36 aparentemente, por haber tenido el privilegio de ser hijo del Dr Longino Soto Pacheco, de grata memoria.

 

CED IDENTNOMBREPADRESMATRIMONIO

INSCRITO TSE

Dr Longino Soto PachecoAntoinette Boucart Deuchler
1-198-701
1-1587-0921Alejandro Cesar Soto Ramírez
Ileana María Ramírez Suarez

1-536-879

No aparece matrimonio inscrito

 

Salvo que Usted señor ministro, tenga la amabilidad de esclarecerme de manera amplia este asunto -que definitivamente es de INTERES PÚBLICO-, nunca entenderé este aparente abuso de nuestros recursos públicos, por ello, le solicito, se sirva indicarme lo siguiente:

  1. Desde que fecha se giran estos recursos al joven Alejandro Soto Ramírez
  2. Por qué monto se empezó a girar la pensión
  3. Cuál es el monto total girado a este joven, a la fecha.
  4. Razón por la cual, se gira a una persona de tan corta edad, una millonaria suma de pensión de LUJO con cargo al Presupuesto Nacional.
  5. Si esta pensión se giró en años donde el joven era menor de edad, a nombre de quién o a qué persona se giraba el dinero.
  6. En caso de existir alguna incapacidad por parte del joven Soto Ramírez, por qué se gira una suma tan exorbitante que corresponde, de acuerdo con la lista de funcionario pensionados, al puesto Nº 12, o sea, de las más altas.
  7. Si la madre del joven Soto Ramírez, es una connotada medico en la especialidad de anestesiología, que labora desde hace algún tiempo en el Hospital México y, que supuestamente tiene entradas suficientes para atender a su hijo, ¿por qué esa pensión totalmente desproporcionada?

Agradeceré don Helio, la atención a dicha misiva, lo más pronto posible, ello, porque los ciudadanos y trabajadores de este país, no podemos seguir haciendo frente a este tipo de privilegios.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

3 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

David Gourzong candidato a Dip por Limón (PLN) adeuda ₵940 millones a la CCSS (sus representadas).

 

Estimado don Antonio Álvarez Desanti, candidato presidencial por el Partido Liberación Nacional, para las próximas elecciones del 2018

Procedo a enviarle un saludo cordial

El día 26 de los corrientes, interpuse ante la Fiscalía General de la República, una denuncia contra el señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS, candidato al segundo puesto de diputado, por la provincia de Limón, por parte del partido que Usted lidera.

El señor Gourzóng Cerdas, por medio de sus representadas, adeuda a la Caja Costarricense de Seguro Social, un monto de 940.030.686.00 por concepto de cuotas obrero-patronales.

Me llama la atención, la falta de transparencia por parte de don David, con respecto a la publicación del Diario Extra del 26 de los corrientes, dónde indica:

“Yo soy gerente general de la empresa, no soy ni apoderado generalísimo, ni soy accionista de la empresa(SERPORATLA SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLÁNTICO, S.A.) No estoy en el registro de accionistas, ni en la junta directiva de la empresa.

Estas declaraciones me sorprenden, ya que el fin NUNCA justifica los medios, si por llegar a la Asamblea Legislativa tiene que negar actos indebidos, por Dios, que nos cojan confesados, ¡hasta ahí los principios!

Don Antonio, con el fin de poder demostrar que lo que indica el señor Gourzong Cerdas no se apega a la verdad, procedo a aportar documentos que comprueban su total deslealtad hacia Usted, hacia los Liberacionista y, por supuesto, al pueblo y soberano de nuestra querida Costa Rica.

  1. Adjunto una certificación de poder, del Registro Nacional con fecha de inscripción 20/06/2016 que indica:

 

FACULTADES O RESTRICCIONES:

 

CITAS DE INSCRIPCIÓN DE LA PARTE: 2012-116868-1-2 FECHA: 20/06/2012

TIPO DE PARTE: APODERADO SUSTITUTO PARCIALMENTE ESTADO DE LA PRATE: INSCRITO

OCUPADO POR: DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS CEDULA DE IDENTIDAD: 700570373

PLAZO: FECHA DE INICIO: 24/04/2012

 

  1. Aporto, certificación de la Lic Perla Watson Roack, domiciliada en Limón, con fecha 13 setiembre del 2001, donde literalmente dice:

 

Certifico: Que al tomo mil cuatrocientos doce, folio ciento cuarenta y ocho asiento ciento n noventa y ocho del Registro mercantil, se encuentra inscrita la personería de DAVID GOURZONG CERDAS cédula siete-cero cincuenta y siete-trescientos setenta y tres, como Apoderado General de SERPORATLA SERVICOS PORTUARIOS DEL ATLANTICO, S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil trescientos noventa y uno. La personería se encuentra vigente y no ha sido modificada por anotación o inscripción posterior.

Ahora bien, dicha razón social cuyo representante legal ha sido el señor David Gourzong Cerdas, a la fecha adeuda a la Caja Costarricense de Seguro Social, la suma de 268.370.065.00

Así las cosas, existe otra empresa que el señor David Gourzong Cerdas INACTIVO ante la CCSS, que a la fecha adeuda 671.660.621.00

https://sfa.ccss.sa.cr/moroso/

Búsqueda de Patrono por Identificación:

 

Tipo de IdentificaciónCEDULA JURIDICA
Número de Identificación

 

3101141887
PATRONO/TI/AV INACTIVO MOROSO
 
NOMBRECOMPAÑÍA DE ESTIBA Y SERVICIOS PORTUARIOS, S.A.
 
LUGAR DE PAGOLIMON
 
MONTO ADEUDADO93.459.704.00
 
MONTO POR RESPONSABILIDAD578.200.917.00
SOLIDARIA/FUSION 
 671.660.621.00
TOTAL ADEUDADO
 
SITUACIÓNCOBRO JUDICIAL
 

 

Para evitar que don David Hubert Gourzong Cerdas, de igual forma niegue los hechos, aporto:

1.-  Certificación del Lic RONAL RIVERA SANCHEZ que dice:

Que en la Sección Mercantil, a los tomos 926, 1185, folios 36, 49, asiento 51, 54, según los cuales, ANTONIO ROBINSON THOMPSON, cédula 7-076-745, Sergio Ramírez González, cédula 1-515-229, DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS, cédula 7-057-373, y MARICEL JIMENEZ CARVAJAL, cédula 1-519-691, aparecen como PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO, y SUPLENTA DEL SECRETARIO, respectivamente de la sociedad COMPAÑÍA DE ESTIBA Y SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-141887, domiciliada en San José avenida 2, calles 11 y 13, edificio Ofomeco, con el Plazo Social de 99 años a partir del 26 de agosto de 1993, corresponde al presidente, secretario y tesorero, la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad con las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar siempre al menos dos de ellos conjuntamente.(…)

2.-  Aporto, otra certificación de la Lic YAMILETH ALVAREZ MARIN, donde queda plenamente demostrado por medio de esta licenciada que el señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS como Tesorero de COMPAÑÍA DE ESTIBA Y SERVICIOS PORTUARIOS SOCIEDAD ANONIMA ha tenido la representación judicial y extrajudicial de dicha sociedad con las facultades de apoderado generalísimo sin límites de suma, debiendo actuar siempre al menos dos de ellos conjuntamente (presidente o secretario)

Concluyendo señor Antonio Álvarez Desanti, el señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS, portador de la cédula de identidad Nº 7-0057-0373 ha formado parte de las empresas SERPORATLA SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLANTICO, S.A. cédula jurídica Nº 3-101-141391 y de COMPAÑÍA DE ESTIBA Y SERVICIOS PORTUARIOS, S.A. cédula jurídica Nº 3-101-141887 y, que entre ambas adeudan a la fecha a la Caja Costarricense de Seguro Social la suma de 940.030.686.00 por concepto de cuotas obrero-patronales; perteneciendo a ambas razones sociales en su calidad de APODERADO GENERALÍSIMO SIN LIMITES DE SUMA, se ha comportado de manera irregular, e irrespetuosa, indicando a los medios de prensa que, “Yo soy gerente general de la empresa, no soy ni apoderado generalísimo, ni soy accionista de la empresa(SERPORATLA SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLÁNTICO, S.A.) No estoy en el registro de accionistas, ni en la junta directiva de la empresa

Ante la falta a la verdad, tanto los liberacionistas, Usted y, el resto de los ciudadanos, nos sentimos totalmente defraudados de que una persona, con tal de lograr sus objetivos, no tenga reparo alguno en olvidar y negar de manera rotunda, su pasado.  Por las razones expuestas, de manera atenta y respetuosa, le solicito, proceda a retirar la candidatura como diputado a la Asamblea Legislativa al señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS a la mayor brevedad posible.

Los documentos que tengo en mi poder, se los puedo presentar en el momento que Usted me los solicite, para mejor proceder.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

28 de setiembre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

Japdeva debe cancelar concesión de estiba a SERPORATLE de David Gourzong.

 

Estimada señora Presidenta Ejecutiva de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica de Costa Rica, (JAPDEVA) Lic Ann Mckinley Meza.

Aprovecho dicha misiva para enviarle un saludo cordial.

Por este medio y, de la manera más atenta y respetuosa, le pongo al tanto de una situación, que a todas luces contrasta con lo que nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente indican.

El Estado, otorgó una CONCESIÓN, promovida por JAPDEVA, para que la empresa SERPORATLE SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLANTICO, S.A. ejecute la prestación de servicios de estiba, desestiba, carga, descarga y movilización de mercancías en el complejo portuario LIMÓN-MOÍN, puerto que Usted administra.

A la fecha, esta razón social, cuyo representante legal es el señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS, portador de la cédula de identidad Nº 7-0057-0373 goza de dicha concesión en JAPDEVA y, la misma sostiene la siguiente deuda con nuestra Seguridad Social.

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDADEUDADEUDATOTALES
  CCSSFODESAFIMAS 
3-101-141391Serporatla Servicios Portuarios del Atlántico, S.A.268,301,370.0032,160,913.788,325,840.50308,788,124.28

 

Así las cosas, según la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en sus artículos 30, 48, 51 y 74 indica:

Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.

El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas

Artículo 48.- La Caja podrá ordenar, administrativamente, el cierre del establecimiento, local o centro donde se realiza la actividad cuando:

  1. (…)
  2. Cuando exista mora por más de dos meses en el pago de las cuotas correspondientes, siempre y cuando no medie ningún proceso de arreglo de pago o declaratorio de derechos entre el patrono y la Caja.

 El cierre del establecimiento, local o centro donde se realiza la actividad se hará mediante la colocación de sellos oficiales en puertas, ventanas y otros lugares de acceso al establecimiento. La destrucción de estos sellos acarreará la responsabilidad penal correspondiente.

El cierre podrá ordenarse por un período máximo de cinco días, prorrogable por otro igual cuando se mantengan los motivos por los que se dictó. Para la imposición de esta medida y antes de su resolución y ejecución, la Caja deberá garantizarle al afectado el respeto de su derecho al debido proceso administrativo, conforme al artículo 55 de esta ley, que será normado mediante el reglamento respectivo

Artículo 51.- Las personas jurídicas, las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y autonomía funcional, aunque estas últimas tengan o no personalidad jurídica, responderán solidariamente por las acciones o las omisiones violatorias de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones.

Artículo 74. (…)

(…)

Los patronos y las personas que realicen total o parcialmente actividades independientes o no asalariadas, deberán estar al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme a la ley. Para realizar los siguientes trámites administrativos, será requisito estar al día en el pago de las obligaciones de conformidad con el artículo 31 de esta ley.

  1. La admisibilidad de cualquier solicitud administrativa de autorizaciones que se presente a la Administración Pública y ésta deba acordar en el ejercicio de las funciones públicas de fiscalización y tutela o cuando se trate de solicitudes de permisos, exoneraciones, concesiones o licencias. Para efectos de este artículo, se entiende a la Administración Pública en los términos señalados en el artículo 1 tanto de la Ley General de la Administración Pública como de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  2. En relación con las personas jurídicas, la inscripción de todo documento en los registros públicos mercantil, de asociaciones, de asociaciones deportivas y el Registro de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, excepto los expedidos por autoridades judiciales.
  3. Participar en cualquier proceso de contratación pública regulado por la Ley de Contratación Administrativa o por la Ley de Concesión de Obra Pública. En todo contrato administrativo, deberá incluirse una cláusula que establezca como incumplimiento contractual, el no pago de las obligaciones con la seguridad social.
  4. El otorgamiento del beneficio dispuesto en el párrafo segundo del artículo 5 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
  5. El disfrute de cualquier régimen de exoneración e incentivos fiscales. Será causa de pérdida de las exoneraciones y los incentivos fiscales acordados, el incumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, el cual será determinado dentro de un debido proceso seguido al efecto.

La verificación del cumplimiento de la obligación fijada en este artículo será competencia de cada una de las instancias administrativas en las que debe efectuarse el trámite respectivo (…)

Como puede Usted observar, la ley es sumamente clara para acatarla en todos sus extremos, inclusive, le incluyo el artículo 51, porque existe la empresa COMPAÑÍA DE ESTIBA Y SERVICIOS PORTUARIOS, S.A de este mismo grupo de interés económico, que adeuda a la fecha 732.217.770.95 a la Seguridad Social.

 

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDADEUDATOTALES
  CCSSFODESAF 

 

3-101-41887Compañía de Estiba y Servicios Portuarios, S.A.671,595,355.0060,622,415.95₡732,217,770.95

Por las razones expuestas señora Mckinley, le solicito nuevamente y de manera respetuosa, se proceda de manera inmediata a notificar a la empresa SERPORATLE SERVICIOS PORTUARIOS DEL ATLANTICO, S.A. la suspensión y posible desestimación de la CONCESIÓN otorgada por Japdeva, hasta tanto proceda a cancelar sus adeudos con nuestra Seguridad Social.

Le pongo de su conocimiento, que estoy copiando al señor Fiscal General de la República don Jorge Chavarría Guzmán, para que, por oficio, se proceda a la mayor brevedad posible, con una investigación en Japdeva, para determinar los posibles INCUMPLIMIENTOS DE FUNCIONES y otros, para que, de acuerdo con nuestra legislación vigente, se proceda.

Esperando que, como jerarca superior de Japdeva tome las medidas que correspondan, se despide de Usted;

 

Atentamente,

 

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

27 de setiembre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

2do Lugar por Limón del PLN (Gourzong) adeuda ₵300.8 millones a la Seg Social.

 

Estimado señor Jorge Chavarría Guzmán, Fiscal General de la República.

Un respetuoso saludo.

Por medio de esta misiva, me presento ante Usted, con el fin de interponer FORMAL DENUNCIA por la aparente causa penal de RETENCIÓN INDEBIDA, contra el señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS, portador de la cédula de identidad Nº 7-0057-0373

Dicho señor a través de los años, por medio de sus representadas, ha rebajado a sus trabajadores, lo correspondiente a las cuotas obreras, sin que haya reportado a la Caja Costarricense de Seguro Social en tiempo y forma, dichos dineros.

A la fecha, se encuentra con un grado de morosidad con nuestra Seguridad Social por un monto de 300.850.572.53 y, concretamente con deudas a la CCSS, por 268.495.549.00

DETALLE DE RAZONES SOCIALES A LAS QUE PERTENECE:

 

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDADEUDADEUDATOTALES
  CCSSFODESAFIMAS 
3-101-141391Serporatla Servicios Portuarios del Atlántico, S.A.268,301,370.0032,160,913.788,325,840.50308,788,124.28
3-101-135699Inmobiliaria Daycar, S.A.0.00822,120.1746,149.08868,269.25
3-101-114785Comercializadora Industrial Taurus, S.A.194,179.00  194,179.00
3-101-065439Anamarcala, S.A.0.00
3-101-205658Asesores Contables y de Mercadeo ACOYMER, S.A.0.00
3-101-014468Bel Ingeniería, S.A.0.00
3-101-300502Daycar del Caribe, S.A.0.00
3-101-493489Operadora Portuaria del Caribe, S.A.0.00
3-101-497520Predios Inmobiliarios del Caribe, S.A.0.00
3-101-731982Promevial de Costa Rica, S.A.0.00
3-101-386116Ruthgrant de Limón, S.A.0.00
3-101-701225Zafiro Energy, S.A.0.00
 
TOTALES 268,495,549.0032,983,033.958,371,989.58₡309,850,572.53

 

Señor Fiscal General, por respeto a Usted he de comentarle, que me estoy dando el atrevimiento de enviar copia de esta denuncia, a los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, para lo que proceda en el ámbito electoral, ya que me he enterado que el fin de semana recién pasado, dicho señor DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS ha sido nombrado o elegido en la segunda plaza por la Provincia de Limón, en la lista de diputados del Partido Liberación Nacional, de cara a las elecciones nacionales que se llevarán a cabo en el próximo febrero del año 2018

PETITORIA:

Ahora bien, por las razones antes expuestas, solicito a su señoría, se notifique a don DAVID HUBERT GOURZONG CERDAS para que, en un plazo no mayor a cinco días, cancele dichos adeudos a la Caja Costarricense de Seguro Social y, de no ser así, se proceda con el siguiente ordenamiento jurídico y normativa vigente, además de las Leyes y artículos, que Usted considere convenientes.

Según el Artículo 30 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social dice:

“Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.

El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas” (…)

Esto según nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente, es tipificado en el Código Penal como RETENCIÓN INDEBIDA.

Según el Artículo 45 de la Ley Constitutiva de la CCSS indica:

“Artículo 45.- Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley”.

CÓDIGO PENAL:

APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDAS:

“ARTÍCULO 223.- Se impondrá la pena establecida en el artículo 216, según el monto de lo apropiado o retenido al que, teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, por un título que produzca la obligación de entregar o devolver, se apropiare de ello o no lo entregare o restituyere a su debido tiempo, en perjuicio de otro. Si no hubiere apropiación sino uso indebido de la cosa, con perjuicio ajeno, la pena se reducirá, a juicio del juez.

En todo caso, previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño”.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

26 de setiembre de 2017

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Acuso a David Patey de retención indebida ante el Minist Público. (₡126 millones)

 

Estimado señor Fiscal General de la República, Lic Jorge Chavarría Guzmán.

Por medio de la presente, le envío un saludo cordial y, a la vez, aprovecho para interponer respetuosamente ante Usted, FORMAL DENUNCIA contra el señor DAVID JOSEPH PATEY, portador de la cédula estadounidense Nº 1840004852907, por la aparente causa penal de RETENCIÓN INDEBIDA, ya que a la fecha, adeuda a la Caja Costarricense de Seguro Social, la suma de 126,828,175.00 por concepto de cuotas obrero-patronales.

El señor David Joseph Patey, es representante de varias razones sociales, entre ellas, Ponderosa Adventure Park, S.A. (antigua África Mía) misma que opera en Liberia de la Provincia de Guanacaste.

De manera muy hábil, esta razón social la tiene ante la Caja Costarricense de Seguro Social, como ACTIVA y AL DÍA, sin embargo, opera con la otra empresa denominada NJ RECURSOS HUMANOS LTDA, para empadronar a todos sus empleados de Ponderosa Adventure Park.   La parte que se considera irregular es, que NJ RECURSOS HUMANOS retiene todos los meses a todos sus trabajadores, lo correspondiente a la cuota obrera, la cual tiene que reportarse y pagarse todos los meses en tiempo y forma a la CCSS y, no lo está haciendo, ya que sostiene a la fecha, una deuda millonaria ante la institución de salud.

De hecho, entre todas sus empresas, existe un grupo de interés económico (artículo 51 de la Ley Constitutiva de la Caja).

DETALLE DE SUS EMPRESAS:

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDA
  CCSS
3-102-798221NJ Recursos Humanos Ltda79,527,304.00
3-101-230354África Mía, S.A.32,497,130.00
3-101-665562Fuerza Herediana, S.A.11,963,539.00*RESP SOLID
3-101-222177Negocios Iberoamericanos EAS del Pacífico, S.A.2,276,150.00
3-102-147092R B C Radio Ltda420,980.00*RESP SOLID
3-002-061596Asociación Deportiva Club Sport Herediano143,072.00*RESP SOLID
3-102-698246Ponderosa Country Club Ltda 
3-101-538374Costa Rica Synergy Group, S.A. 
3-102-700348Ponderosa Adventure Park Ltda 
3-101-741795Global Business Logistics GBL, S.A. 
3-101-444410Maldives Pemba Business, S.A. 
3-102-699034Grupo Patey-Oduber, SRL 
3-102-725382Zotacard Sistema de Pagos SRL 
3-102-697998Inversiones Piedades Norte I.P.N, SRL 
3-102-404455Importación de Artículos Alimenticios Zoncasata, SRL 
  
TOTALES₡126,828,175.00

 

*Ante la CCSS se encuentran con responsabilidad solidaria.

Así las cosas, el señor Patey, puede ser localizado en antigua África Mía de Liberia Guanacaste y, también en la Provincia de Heredia en la sede de Club Sport Herediano.

PETITORIA:

Ahora bien, por las razones antes descritas, solicito a su señoría, se notifique a don David Joseph Patey, para que, en un plazo no mayor a cinco días, cancelen dichos adeudos a la Caja Costarricense de Seguro Social y, de no ser así, se proceda con el siguiente ordenamiento jurídico y normativa vigente, además de los que Usted considere convenientes.

Según el Artículo 30 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social dice:

“Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.

El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas” (…)

Esto según nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente, es tipificado en el Código Penal como RETENCIÓN INDEBIDA.

Según el Artículo 45 de la Ley Constitutiva de la CCSS indica:

“Artículo 45.- Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley”.

CÓDIGO PENAL:

APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDAS:

“ARTÍCULO 223.- Se impondrá la pena establecida en el artículo 216, según el monto de lo apropiado o retenido al que, teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, por un título que produzca la obligación de entregar o devolver, se apropiare de ello o no lo entregare o restituyere a su debido tiempo, en perjuicio de otro. Si no hubiere apropiación sino uso indebido de la cosa, con perjuicio ajeno, la pena se reducirá, a juicio del juez.

En todo caso, previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño”.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

25 de setiembre de 2017

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“El gobierno fracasa en ordenar concesiones de 300 buseros” ¡Qué verguenza!

 

Don Luis Guillermo, “casi que podría poner las manos en el fuego por Usted”, definitivamente, Usted no puede estar enterado de esta tramposa noticia que, compromete considerablemente su gobierno.

“Gobierno otorga tres años más para cumplir requisitos, a los 300 autobuseros que tienen que ordenar sus concesiones con el estado, simplemente porque se niegan a entregar sus datos de demandas de rutas y, peor aún, sus estados financieros”

Señor presidente, con solo el hecho de leer un título de estos en un periódico nacional, se me encrespa el pelo.  Pareciera un cuento de hadas.

“El gobierno fracasa en ordenar concesiones de 300 buseros” dice el comunicado.

Esto quiere decir entonces, -usando el mismo criterio del gobierno  con los autobuseros- que de ahora en adelante, los grandes empresarios, los profesionales y los comerciantes que se rehúsen a brindar la información de renta y otras obligaciones, les será condonada su obligación de presentar sus declaraciones de renta al Ministerio de Hacienda por tres año más, ¡porque no quieren! dejar al descubierto ante las autoridades competentes el nivel de sus ganancias y utilidades, menos que se conozcan sobre sus negocios desde adentro.

De acuerdo con nuestra Carta Magna, como ciudadano y parte del soberano de este país, tengo el sagrado derecho de elevar mi vos de forma enérgica, para protestar por la complicidad y alcahuetería en que incurren nuestros gobernantes ante tan desafortunados actos.

Es de Usted conocido ampliamente, que desde muchos años atrás, el bipartidismo montó, tanto en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) como en el Consejo de Transporte Público (CTP), una red poco decorosa, para proteger los intereses de un enorme grupo de autobuseros; sería injusto en decir que todos, porque, existe en este gremio, personas de gran respeto y de grandes valores.

Lo más preocupante, los mismos personajes puestos por la clase política corrupta anteriormente, de los cuales le estoy comentando, siguen en sus puestos desde que Usted asumió ¿entonces…?

Al cabo de los años, el suscrito ha interpuesto cantidad de denuncias sobre este tema, pero pareciera, ha sido letra muerta, porque a este poderoso grupo de autobuseros, que tiene gran parecido al denominado CEMENTAZO, nadie lo toca, son los ungidos del olimpo, al mejor estilo del “AUTOBUMENTAZO”

Algunas de mis denuncias que sufren el sueño de los justos, desde el 2014:

Ministerio de Hacienda,

Ministerio Público,

Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT),

Consejo Nacional de Transportes (CTP),

Asamblea Legislativa,

Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) etc

1.           5 Nov 2014    “Supuesta evasión fiscal MULTIMILLONARIA de Metrocoop, Coodetra, Asodetra, compuestas por tres influyentes familias.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/11/05/supuesta-evasion-fiscal-multimillonaria-de-metrocoop-coodetra-asodetra-compuestas-por-tres-influyentes-familias/

2.   17 nov 2014   “Autobuseros se cobijan bajo el cooperativismo para no pagar impuestos”.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/11/17/autobuseros-se-cobijan-bajo-el-cooperativismo-para-pagar-impuestos/

3.           8 Enero del 2015   “Aresep debe dar cuentas claras por los ingresos de los autobuseros (METROCOOP)”

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/01/08/aresep-debe-dar-cuentas-claras-por-los-ingresos-de-los-autobuseros-metrocoop/

4.           9 enero 2015      “Solicitud de auditoraje para determinar demanda real de Metrocoop, para tarifas JUSTAS de los usuarios,don Sebastián Urbiina Cañas

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/01/09/solicitud-de-auditoraje-para-determinar-demanda-real-de-metrocoop-para-tarifas-justas-de-los-usuariosdon-sebastian-urbiina-canas/

  1. 30 Set 2015     Maritza Hernández Castañeda, de la Asoc Cámara Nal de Transportes, presuntamente todos los años pierde los libros de Actas.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/09/30/maritza-hernandez-castaneda-de-la-asoc-camara-nal-de-transportes-presuntamente-todos-los-anos-pierde-los-libros-de-actas/

6.           30 setiembre 2015       “Asociación Cámara de Transportes, pierde sus libros de Actas, todos los años ¿…?

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/09/30/asociacion-camara-de-transportes-pierde-sus-libros-de-actas-todos-los-anos/

 

7.           5 noviembre 2015       “Ministro del MOPT oculta estudio (informe) tarifas de buses, con un costo de ¢270 millones”.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/11/05/ministro-del-mopt-oculta-estudio-informe-tarifas-de-buses-con-un-costo-de-%C2%A2270-millones/

8.           13 abril 2016        “Los ciudadanos necesitamos acciones contundentes contra los autobuseros abusivos por alteración de demanda de usuarios.(tarifas desmedidas)

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2016/04/13/los-ciudadanos-necesitamos-acciones-contundentes-contra-los-autobuseros-abusivos-por-alteracion-de-demanda-de-usuarios-tarifas-desmedidas/

9.           25 mayo 2016     “NO ME DISCULPO”, “NO ME RETRACTO” y, nunca cometería el agravio de ensuciar su nombre.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2016/05/25/no-me-disculpo-no-me-retracto-nunca-cometeria-agravio-ensuciar-nombre/

10.       31 mayo 2016        “Reuniones en Aresep: Dip Gerardo Vargas Varela (FA) y representantes de los autobuseros ¡¡se complementan para bien de los usuarios!!”

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2016/05/31/reuniones-aresep-dip-gerardo-vargas-varela-fa-representantes-los-autobuseros-se-complementan-bien-los-usuarios/

 

Sé de antemano que no me va a creer, pero de todas estas denuncias interpuestas, no he recibido una sola respuesta, para ello, tendría que llevarse a cabo una Comisión Especial en la Asamblea Legislativa para que explote este incontenible TRAFICO DE INFLUENCIAS de este grupo, que por cierto, tiene algunos connotados testaferros como diputados de la república.

Don Luis Guillermo, no puede ser que el gobierno cometa esta infamia contra el grupo más deprimido de nuestra sociedad, los trabajadores que durante todo el día se sudan para llevar sustento económico y alimenticio, -con mil penurias a sus casas-, sean las víctimas de aquellos desvergonzados autobuseros, junto con algunas altas jerarquías de la administración pública, que lo único que les interesa es, tomar ventaja económica de manera personal.

Espero, al menos Usted como mandatario, tome este asunto es sus manos a la mayor brevedad posible, ya que se trata de un asunto de INTERES PUBLICO.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

24 de setiembre de 2017

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Pastelerías MERAYO adeudan ₵33.9 millones a la Seg Social y la CCSS como si tal cosa.

 

Estimado Presidente Ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, Dr Fernando Llorca Castro.

Reciba un saludo cordial.

Por medio de la presente, me dirijo a Usted de manera atenta y respetuosa, para que se pidan cuentas, tanto al departamento de cobros, como de Inspección, con relación a los siguientes patronos que, entre sí, conforman un GRUPO DE INTERÉS ECONÓMICO (Art 51 de la Ley Constitutiva de la Institución) y, que a la fecha, no han realizado su labor de manera eficiente y responsable.

Dicho grupo, sostiene un adeudo de 33.921.869.59 por concepto de cuotas obrero-patronales.

DETALLE:  

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDADEUDATOTALES
  CCSSFODESAF 
3-101-627028Meramall Merayo, S.A.10,529,850.003,050,633.8013,580,483.80
3-101-676563Alimentos y Productos Congelados Merayo, S.A.9,116,412.00 9,116,412.00
3-101-032764Compañía Industrial Merayo, S.A.INACTIVO7,774,007.607,774,007.60
3-101-165528Merayo del Sur, S.A.3,075,110.00 3,075,110.00
3-101-208376Panificadora Alonso Merayo, S.A.INACTIVO199,619.19199,619.19
3-101-453645Café Merayo, S.A.176,237.00 176,237.00
3-101-166383Merayo del Norte, S.A.AL DIA 0.00
3-101-328359Productos Alimenticios Merayo, S.A.AL DIA 0.00
3-101-024798Merayo, S.A.AL DIA0.00
 
TOTALES 22,897,609.0011,024,260.59₡33,921,869.59
     

 

Así las cosas, procedo a solicitar a su representada, se aplique a cada una de las siguientes sucursales de pastelería Merayo, el Artículo 48 de la misma Ley, CIERRE DE NEGOCIO, hasta tanto se pongan a derecho con nuestra Benemérita Institución.

UBICACIÓN:

 

#NOMBRE UBICACIÓN
1Pastelería MerayoBarreal de Heredia, Centro Comercial Mody Plaza Frente a Cenada
2Pastelería MerayoCentro Comercial del Sur
3Pastelería MerayoCentro de Heredia, 25 Oeste Ferretería Brenes.
4Panadería y Pastelería MerayoCurridabat 75 Sur de la Iglesia  Sede Central.
5Pastelería MerayoDesamparados
6Pastelería MerayoEscazú
7Pastelería MerayoGuadalupe – Centro Comercial Novacentro
8Pastelería MerayoMall San Pedro
9Pastelería MerayoPavas
10Pastelería MerayoPlaza América  Hatillos
11Pastelería MerayoPlaza Rohrmoser
12Café MerayoSabana Oeste, 800 Oeste POPS
13Pastelería MerayoSan José Centro, Frente al Banco Central
14Pastelería MerayoSan José, Calle 20 Norte.
15Mister Pan MerayoSan Pedro de Montes de Oca, Edificio Loft XS
16Pastelería MerayoSanta Ana
17Pastelería MerayoTurrialba Centro

 

Ahora bien, para lo que corresponda, estoy copiando al señor Fiscal General de la República Lic Jorge Chavarría Guzmán, para que proceda de oficio, con los trabajadores responsables de la Institución que incumplen con sus deberes.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

21 de setiembre de 2017

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