Rolando García Gutiérrez (SACSA) adeuda ₵830 millones a la Seg Social.

 

Estimada Licenciada Emilia Navas Aparicio, Fiscal General de la República.

Por medio de la presente le envío un saludo cordial.

Aprovecho dicha misiva, para interponer ante Usted, FORMAL DENUNCIA contra ROLANDO JOSÉ GARCÍA GUTIÉRREZ, portador de la cédula de identidad Nº 9-0012-0154 por la presunta causa de APROPIACION Y RETENCIÓN INDEBIDA.

HECHOS:

El señor García Gutiérrez a través de los años, como presidente y representante de la razón social SOCIEDAD AUTOTRANSPORTES CARTAGO, S.A (SACSA) le rebajó a sus trabajadores mes a mes, lo que nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente indican, con relación a la cuota obrera, que se debe satisfacer y entregar a la Caja Costarricense de Seguro Social, en tiempo y forma que determina la Junta Directiva de la Institución.

Dicha empresa SACSA y, en su condición personal el señor García Gutiérrez, le adeudan a nuestra Seguridad Social, la suma de 830.705.523.97, desglosados de la siguiente manera:

CEDULANOMBREDEUDADEUDADEUDATOTALES
  CCSSFODESAFIMAS 
9-0012-0154Rolando José García Gutiérrez1,938,483.0084,136.920.002,022,619.92
3-101-003220Sociedad Autotransportes Cartago (SACSA)476,457,419.00342,574,408.469,651,076.59828,682,904.05
    
TOTALES 478,395,902.00342,658,545.389,651,076.59₡830,705,523.97
 

 

Así las cosas, estimada señora Fiscal General, le solicito de manera atenta y respetuosa, abrir causa al señor ROLANDO JOSÉ GARCÍA GUTIÉRREZ por los supuestos incumplimientos a la Ley y, aplicar entre otras lo siguiente:

Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social:

“Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.

El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas”. (…)

Ahora bien, en esta misma Ley, en su artículo 45 dice:

Artículo 45.Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley.

CÓDIGO PENAL:

APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDAS:

“ARTÍCULO 223.- Se impondrá la pena establecida en el artículo 216, según el monto de lo apropiado o retenido al que, teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, por un título que produzca la obligación de entregar o devolver, se apropiare de ello o no lo entregare o restituyere a su debido tiempo, en perjuicio de otro. Si no hubiere apropiación sino uso indebido de la cosa, con perjuicio ajeno, la pena se reducirá, a juicio del juez.

En todo caso, previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño”.

PETITORIA:

De la manera más atenta y respetuosa, solicito a esa Fiscalía General, qué en término de 5 días, tal y como lo indica la Ley, el señor ROLANDO JOSÉ GARCÍA GUTIÉRREZ por medio de su representada y la suya propia, cancele sus adeudos a la Caja Costarricense de Seguro Social y demás instituciones de bien social, a la mayor brevedad posible.

En caso contrario se proceda con lo que la Ley dicta por la causa de APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDA.

.

(Me pongo a su disposición para entregar la documentación pertinente que comprueba lo dicho.)

 

Atentamente:

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

2 de noviembre de 2017

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Aparente conflicto de intereses de Silvia Bolaños Barrantes como Ex Viceministra del MOPT.

 

Estimada señora Emilia Navas Aparicio, Fiscal General de la República.

Reciba de mi parte un saludo cordial.

Por este medio me dirijo a Usted, de manera atenta y respetuosa, con el fin de interponer FORMAL DENUNCIA contra la Licenciada Silvia Patricia Bolaños Barrantes, portadora de la cédula de identidad Nº 1-0801-0177

HECHOS:

La licenciada Bolaños Barrantes, en la Administración Chinchilla Miranda, propiamente en el año 2013, fungió como Viceministra de Transportes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).

Entre las funciones como viceministra, existía su participación en la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público (CTP), ente encargado de todo lo relacionado con permisos y concesiones del transporte remunerado de personas, modalidad autobuses.

Curiosamente, en ese entonces y con la participación de la licenciada Bolaños Barrantes en el CTP, estaban por caducar 250 concesiones de autobuses para el mes de setiembre del año 2014 y, por cosas del destino, dicha licenciada decide adelantar la renovación de esas 250 concesiones para autobuses, por siete años más.

Ahora bien, aparentemente, se dan estas interesantes y supuestas gestiones de gobierno, justamente antes de retirarse de la administración pública (Lic Bolaños Barrantes), ya que el martes 01 de setiembre del año 2015, la señora es nombrada como Presidente y Directora Ejecutiva de la CÁMARA NACIONAL DE TRANSPORTES (CANATRANS)

Entre otras, la señora Bolaños Barrantes en su gestión como viceministra, tuvo especial cuidado para evitar que se diera el cobro electrónico en los autobuses de transporte remunerado de personas, mismo que dejaría en evidencia ante el CTP y la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP) del número real de usuarios que el día a día son trasladados por dichas unidades hacia sus diferentes destinos.  Con estos datos, ambas entidades, tendrían suficientes elementos para fijar tarifas justas y responsables a cada línea de buses, además, se verían forzados sus representantes (autobuseros), de presentar ante la autoridad tributaria, números reales para la renta.

http://www.nacion.com/nacional/transportes/Ex-viceministra-MOPT-dirigir-buseros_0_1509649064.html

Otro dato importante es, la señora Maritza Hernández Castañeda como Gerente y Representante Legal de TRANSPORTES DOSCIENTOS CINCO, S.A. (METROCOOP), CONSORCIO COOPERATIVO METROCOOP RL, rutas de los Hatillos y Alajuelita, durante muchísimos años, ha sido la presidenta de la Cámara Nacional de Transportes y, después de todas estas increíbles casualidades, decide entregar el trono de presidenta, a la señora Silvia Bolaños Barrantes.

PETITORIA:

Solicito formalmente a esa Fiscalía General, se investiguen los hechos expresados anteriormente, ya que aparentan falta de ÉTICA por parte de doña Silvia Bolaños Barrantes, al aceptar un puesto, justamente donde sus manifestaciones y decisiones como jerarca de Estado, favorecieron considerablemente a sus nuevos patronos.

Se investiguen también, el supuesto TRÁFICO DE INFLUENCIAS y CONFLICTO DE INTERESES, además de la aplicación del ordenamiento jurídico y normativa vigente y, lo que Usted considere pertinente, para que se haga justicia.   Si se tipifica algún delito por parte de la señora Silvia Bolaños Barrantes, solicito se proceda con todo el peso de la Ley.

 

Atentamente;

 

 

Roberto Mora Salazar

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27 de octubre de 2017

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Aparentes acciones irregulares de Metrocoop (autobusera) para evitar control del FISCO.

 

Estimada señora Fiscal General de la República, Lcda. Emilia Navas Aparicio.

Aprovecho dicha misiva, para enviarle un saludo cordial.

Ante los últimos acontecimientos efectuados el día de ayer, por los transportistas modalidad autobuses, quienes se presentaron a ejercer presiones ante la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP) me presento ante Usted, de manera atenta y respetuosa, para solicitarle reabrir el Exp: 14-000049-0618-PE, caso que, no solo es de INTERÉS PUBLICO sino que, es un aparente movimiento irregular, para ocultar las evidencias de operaciones anuales que se deben de reportar a la Autoridad Tributaria con relación a la renta de las empresas en mención.

“El día 2 de setiembre recién pasado, interpuse denuncia ante Ustedes, con el fin de dar seguimiento a las supuestas irregularidades (corrupción y tráfico de influencias) de la señora Maritza Hernández Castañeda y, para que se adjunten las mismas al Expediente 14-000049-0618-PE

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/09/02/silvia-bolanos-del-mopt-ayudo-al-sector-autobusero-en-adm-pasada-y-ahora-la-recompensan-con-un-alto-puesto-en-la-camara-de-transportes/

Nuevamente acudo a Ustedes, para que se investigue otro procedimiento aparentemente ilícito:

El 5 de noviembre del 2014, interpuse ante el señor Primer Vicepresidente y Ministro de Hacienda, don Helio Fallas formal denuncia sobre los acontecimientos realizados por la señora Hernández Castañeda y, sus representadas.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/11/05/supuesta-evasion-fiscal-multimillonaria-de-metrocoop-coodetra-asodetra-compuestas-por-tres-influyentes-familias/

Entre las cosas denunciadas y, solicitadas al señor Ministro Helio Fallas Venegas, es lo siguiente:

“Otro asunto no menos importante, es solicitar a la empresa antes descrita los libros contables ya que, según Registros del Diario Oficial de la Gaceta, la empresa METROCOOP supuestamente ha reportado los libros contables como extraviados o robados prácticamente desde el año 1995”.

Curiosamente, señores Fiscales, en la Gaceta N° 182 del martes 23 de setiembre del año 2014, en la página 26 dice textualmente:

“ASOCIACIÓN CÁMARA NACIONAL DE TRANSPORTES

Yo, Maritza Hernández Castañeda, mayor divorciada, Licenciad en Administración de Empresas, cédula de identidad número: cinco, cinco noventa y cinco-cero setenta y tres, vecina de Heredia, en mi calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación Cámara Nacional de Transportes, cédula jurídica N° 3-002-61193, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros legales, Libro de Actas de Sesiones de Junta Directiva, Libro de Asociados, Libros Contables, Mayor, Diario, Inventarios y Balances, los cuales fueron extraviados.

 Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de Asociaciones—

San José, 5 de setiembre del 2014 –Maritza Hernández Castañeda Presidenta—1 vez-(IN2014058390)  (Adjunto documento)

Así las cosas, después de un año de dicha pérdida de Actas, en la Gaceta N° 188 del lunes 28 de Setiembre del 2015 (hace dos días) en la página 79 aparece edicto que dice:

“ASOCIACIÓN CÁMARA NACIONAL DE TRANSPORTES

Yo, Maritza Hernández Castañeda, cédula de identidad número: número cinco, cinco noventa y cinco-cero setenta y tres, vecina de Heredia, en mi calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la Asociación Cámara Nacional de Transportes, cédula jurídica N° 3-002-61193, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Asambleas Generales N° 1, libro de Actas de Sesiones de N° 2, libro de Registro de asociados N° 3, los cuales fueron extraviados

 Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de Asociaciones—

San José, 14 de setiembre del 2015 –Maritza Hernández Castañeda Presidenta—1 vez-(IN2015060197)  (Adjunto documento)

Señores Fiscales, se torna preocupante la actitud y procedimientos aparentemente extraños con que actúa la señora Hernández Castañeda con sus representadas, por ello, de manera atenta y respetuosa, les agradeceré adjuntar esta nueva denuncia al Expediente N° 14-000049-0618-PE con el fin de que se investigue y se proceda, si cabe, aplicar todo el peso de la Ley a quién o quiénes la quebranten”.

Es importante informarle que, con respecto al mismo tema, el 30 de setiembre del año 2015, el suscrito interpuso ante el Primer Vicepresidente de la República y Ministro de Hacienda Lcdo Helio Fallas Venegas, formal denuncia con el siguiente título:

Maritza Hernández Castañeda, de la Asoc Cámara Nal de Transportes, presuntamente todos los años pierde los libros de Actas.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/09/30/maritza-hernandez-castaneda-de-la-asoc-camara-nal-de-transportes-presuntamente-todos-los-anos-pierde-los-libros-de-actas/

En conversaciones, con altos mandos del Ministerio de Hacienda, se me indicó que se estaba llevando a cabo una investigación al respecto, sin embargo, los costarricenses tenemos claro, que algunos Diputados de la República, en total contraposición a los intereses de los costarricense y usuarios del transporte público, presionaron para obviar o desestimar dicha investigación, ¡por supuesto con interese muy claros!

PETITORIA:

Por las acciones detalladas en esta denuncia, solicito a Usted, de manera atenta y respetuosa, se proceda a reabrir el Exp: 14-000049-0618-PE para dejar claro como funcionas estos asuntos e irregularidades.

De igual forma, se proceda a solicitar al Ministro de Hacienda don Helio Fallas Venegas, el informe de la investigación que se llevó a cabo por parte de dicho ministerio.

Así las cosas, se proceda con lo que nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente tiene a su alcance, para denunciar y, llevar hasta las últimas consecuencias legales a cada uno de los involucrados en el tema.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

7 de octubre de 2017

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Señor Regulador de la Aresep, como ciudadano le solicito, no acceder a los intereses espurios de los autobuseros, ¡es un chantaje!

 

Estimado señor Roberto Jiménez Gómez, Regulador General de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, (Aresep)

Después de enviarle un saludo cordial, procedo a llevar a cabo una solicitud atenta y respetuosa.

El día de hoy, los transportistas modalidad buses, se apersonaron a su despacho para hacerle una solicitud que, a todas luces, atenta contra los intereses de los ciudadanos de este país.

Su petición, “dejar sin efecto los modelos usados por la Aresep para regular las tarifas de las diferentes líneas de autobuses que operan en todo el país”.

Así las cosas, por tratarse de un asunto de interés público, le solicito, no acceder a sus peticiones, en vista de que no cuentan con un respaldo serio y, muchísimo menos, con criterios creíbles y con sustento.

De manera respetuosa le solicito los siguiente:

  1. Requerir a todos y cada uno de ellos (autobuseros), las declaraciones de renta D.101 presentados a Tributación Directa de los últimos cinco años, para que tanto el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y, el Consejo de Transporte Público (CTP) tengan acceso a dicha documentación, con la cual se podrá llevar a cabo un serio y veraz análisis estadístico, que nos dé a conocer al gobierno y todos los ciudadanos, la realidad de la situación.

 

  1. En estos últimos cinco años, el promedio de utilidad neta para el pago de la renta ha sido bajísima o nula, los cual significaría, que aún con las tarifas anteriores “HAN PERDIDO” los pobrecitos autobuseros, nunca reportarán ganancias.

 

  1. Por supuesto que esta escasa utilidad o pérdida, se debe al poco o ningún control sobre sus ingresos brutos, por parte de la Dirección General de Tributación Directa, dado que los autobuseros NO EMITEN FACTURAS, por ello, que durante diez o más años, se han opuesto al cobro electrónico en cada una de sus unidades de transporte remunerado de personas, porque bien saben que permitiría al FISCO conocer con gran precisión del ingreso bruto, por medio del reporte de las emisoras de tarjetas de débito o crédito.

 

  1. Ahora bien, quedaría en total evidencia, que ni con las tarifas anteriores, salían con sus gastos, porque nunca, OIGASE BIEN, nunca han reportado sus ganancias y utilidades reales, además el hecho de que trabajen con dinero efectivo les ayuda a esconder la realidad.

 

 

 

  1. Tan es así, que tengo en mi poder, el ejemplo de una razón social de una señora propietaria de varias líneas de buses que, ha reportado ante el Ministerio de Hacienda, en varios años consecutivos, la pérdida de sus libros contables.

 

  1. La solución más viable de esta situación es, poner a cada uno de los autobuses, barras controladoras del flujo de personas. De esta manera, quedarán en evidencia, porque no podrían manipular ese equipamiento que estaría controlado por la Aresep y CTP junto con las operadoras de tarjetas del mercado

 

Por lo antes expuesto señor regulador, le pido en nombre de toda la ciudadanía, no acceda a las oscuras peticiones de este grupo manipulador.

 

Atentamente;

 

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 83404504

Correo electrónico: roberto.r[email protected]

26 de octubre de 2017

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Defendamos nuestros derechos, no permitamos que los autobuseros se salgan con la suya para que nos aumenten los pasajes.

 

Estimados conciudadanos, saludos cordiales.

El día de hoy, la Cámara de Autobuseros piden a Aresep, nuevo modelo tarifario, por medio de una marcha.

Las cinco cámaras empresariales de autobuseros exigen a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, suspender el modelo tarifario actual.

Lo que más me sorprende es qué, aunque esta marcha y solicitud nos afecta a todos los usuarios, nadie levanta la vos como pueblo, ya que la intención clarísima de estas cámaras es que la Aresep suspenda el modelo tarifario que, gracias a Dios ha dado un suspiro económico a los que, día a días tienen que usar dicho transporte para dirigirse a sus trabajos y otros.

Durante años, la mayoría de los transportistas modalidad autobuses, han hecho lo que les viene en gana, ya que no hemos tenido un gobierno que se amarre los pantalones, haciéndolos entregar sus números que demuestren sus entradas y salidas para justificar los precios de las tarifas de cada una de las rutas.

Ahora que la Aresep los ubica, permitimos que ejerzan presiones irregulares y, nosotros los ciudadanos, simplemente vemos los toros desde la barrera, como si los perjudicados fueran otros.

Muchos de los dueños de estas autobuseras, nos irrespetan dando un servicio pésimo, con unidades de muchos años (viejas), con cantidad de irregularidades y desperfectos, pero….aun así, quieren que sus tarifas suban como si nos dieran el mejor servicio y, con unidades de transporte nuevas.

PUEBLO, por favor despertémonos de este letargo, defendamos nuestros derechos y, en este caso específico, demos el apoyo a la Aresep para que siga con el modelo que está usando hasta tanto, los autobuseros puedan demostrar con papelitos, lo contrario.   Necesitamos tarifas justas.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

26 de octubre de 2017

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Señora Fiscal, favor reabrir TRAFICO DE INFLUENCIAS del Dr Douglas Montero Ch, del Hosp México.

 

Estimada señora Fiscal General de la República, Lic Emilia Navas Aparicio.

Reciba Usted un saludo cordial de mi parte.

De la manera más atenta y respetuosa, me dirijo a Usted, con el fin de ponerla en autos del EXP: 14-000543-0619-PE y, solicitarle por favor se retome este caso, para que se haga justicia al igual que los otros que, dichosamente Usted está sacando del baúl de los recuerdos del señor Chavarría Guzmán.

 

 

  1. El 28 de agosto del año 2014, el suscrito interpuso una denuncia por el APARENTE TRÁFICO DE INFLUENCIAS, por parte del doctor Douglas Montero Chacón, Director Médico del Hospital México que, en la actualidad, ocupa el mismo puesto.

 

  1. Algunos de los nombramientos ilegítimos, realizados a dedo por el Dr Montero Chacón:

 

1.1.1 NOMBRAMIENTO INTERINO DE LA DRA JULIA FREER VARGAS.

Mediante acción de Personal 418661, del 20 de marzo del 2009, el Dr Douglas Montero Chacón, autorizó el nombramiento en la plaza vacante N° 21138 de México Asistente Especialista, de la Dra Freer Vargas, por traslado interino de la Clínica Clorito Picado al Hospital México,

 

1.1.2 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR OSCAR ALVARADO ROJAS.

De igual forma, el Doctor Montero Chacón, procede a nombrar sin tomar en cuenta el proceso de selección de ingreso interino en la plaza vacante 27572 al Dr Oscar Alvarado Rojas, con la acción de personal 295543 del 14 de abril del 2010

 

1.1.3 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR JUAN ANTONIO UGALDE MUÑOZ.

No se realizó proceso de selección para el nombramiento interino en la plaza vacante 33104, de Médico Jefe 3

Mediante acción de Personal 26031 del 12 de agosto del 2009, el Dr Douglas Montero Chacón, autorizó el nombramiento por traslado y ascenso interino de la Clínica Clorito Picado al Hospital México, en labores de Jefatura de Consulta Externa.

 

1.1.4 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR OSCAR JOVEL ALVARADO FREER.

No se evidencia la ejecución de un proceso de selección para el nombramiento interino en las plazas 2174, 36221, de Médico Asistente Especialista.

Se le nombra interinamente en la plaza N° 2174, de Médico Asistente Especialista prorrateado a Médico Asistente General, mediante acción de personal 548824, del 18 de febrero al 30 de junio del 2013, autorizando el nombramiento el Dr Douglas Montero Chacón.

 

Segun el Estatuto de Servicio de la Caja, en su artículo 42 y los Criterios para el nombramiento de profesionales interinos en ciencias médicas, han sido pisoteados y boicoteados por parte del Dr Montero Chacón a la hora de hacer los nombramientos a dedo de manera indebida.  Varios de ellos, sus ex compañeros de la Clínica Clorito Picado

 

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/08/12/dr-douglas-montero-director-del-hospital-mexico-en-el-ano-2004-supuestamente-dio-ordenes-sus-subalternos-clinica-clorito-picado-para-alterar-expedientes-de-pacientes/

 

El Doctor Douglas Montero Chacón, como director y autoridad superior del Hospital México, ha hecho caso omiso a las leyes y procedimientos de la Caja y, sobre todo a La Ley General de Control Interno que indica:

“Artículo 8º—Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos:

  1. a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
  2. b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.
  3. c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.
  4. d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Artículo 10.—Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento”.

(La negrita y el subrayado no forman parte del original)

El Código Penal dispone:

ARTÍCULO 337.- (*) Nombramientos ilegales.

Será reprimido con treinta a noventa días multa el funcionario público que propusiere o nombrare para cargo público a persona en quien no concurrieren los requisitos legales.

(La negrita y el subrayado no forman parte del original)

El Manual de Normas de Control Interno para el sector público dispone:

2.4 Idoneidad del personal:

El personal debe reunir las competencias y valores requeridos, de conformidad con los manuales de puestos institucionales, para el desempeño de los puestos y la operación de las actividades de control respectivas. Con ese propósito, las políticas y actividades de planificación, reclutamiento, selección, motivación, promoción, evaluación del desempeño, capacitación y otras relacionadas con la gestión de recursos humanos, deben dirigirse técnica y profesionalmente con miras a la contratación, la retención y la actualización de personal idóneo en la cantidad que se estime suficiente para el logro de los objetivos institucionales.

 

 

  1. El día 12 de setiembre del 2014, el señor Bryan Bolivar Zúñiga, Técnico Judicial 2 de la Fiscalía General me envía una Remisión de oficio, que textualmente indica:

“Remisión de oficio

Recibidosx
Fiscalia General
12 de sept. (hace 6 días)
para mí, Bryan

Señor

Roberto Mora Salazar

Presente

 

Estimado señor:

 

Por este medio, y siguiendo instrucciones superiores, le remito en formato digital el oficio Nº FGR-711- 2014, de la Fiscalía General. Lo anterior en relación con su correo electrónico de fecha 28 de agosto de 2014, referente al supuesto tráfico de influencias por parte del doctor Douglas Montero Chacón.

 

Se despide atentamente;

 

 

 

Bryan Bolívar Zúñiga

Técnico Judicial 2

Fiscalía General”

 

  1. El 13 de abril de 2015, de acuerdo con la notificación realizada por la Fiscalía del I Circuito Judicial de San José, me presenté para la debida ampliación de denuncia penal según EXPENDIENTE: 14-000543-0619-PE

 

Como soporte y prueba de lo denunciado, tengo en mi poder el informe de Auditoría del Hospital México del 8 de julio de 2014, ASAAI-107-2014 en el cual entre otras cosas dice:

RESUMEN EJECUTIVO

 

De conformidad con los resultados obtenidos en el presente estudio, se evidencia que la gestión de recursos humanos en el Hospital México, presenta debilidades que podrían obstaculizar el alcance de los objetivos de ese centro asistencial, debido entre otros aspectos se ha incurrido en la ejecución de procedimientos o prácticas administrativas no propias del marco normativo, aspecto que no es concordante con la obligación de los titulares subordinados y el resto de funcionarios de establecer un adecuado sistema de control interno.

 

El estudio evidencia el incumplimiento del clausulado normativo institucional en materia de contratación de personal de primer ingreso y en ascenso interinos, debido a que se recurre a efectuar nombramientos en forma directa, o mediante mecanismos alternativos que se apartan del bloque de legalidad por parte de las jefaturas del Hospital México,  situaciones que revelan un débil ambiente de control, siendo la Unidad de Gestión de Recursos Humanos quien debe brindar una garantía razonable de que estos procesos sean ejecutados de manera adecuada en apego al ordenamiento jurídico, con el propósito de garantizar un procedimiento de calidad en la contratación y nombramiento de personal.

 

Doña Emilia, esta es la primera parte del auditoraje que señala, de manera clara y contundente, los procedimientos irregulares con los cuales se contrataba o contrata en este nosocomio.

Los siguientes, son algunos links de las denuncias interpuestas por el suscrito, que aparecen en el siguiente blogg:

·              Dr Douglas Montero Director del Hospital Mëxico, omitió la normativa vigente y nombró a sus amigotes, Esposo, esposa, hijo como médicos del nosocomio.(TRAFICO DE INFLUENCIAS)(CORRUPCIÓN)

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/08/31/dr-douglas-montero-director-del-hospital-mexico-omitio-la-normativa-vigente-y-nombro-sus-amigotes-esposo-esposa-hijo-como-medicos-del-nosocomio-trafico-de-influenciascorrupcion/

  • Otro presunto tráfico de influencias del Dr Douglas Montero Chacón Director Médico del México

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/04/07/otro-presunto-trafico-de-influencias-del-dr-douglas-montero-chacon-director-medico-del-mexico/

PETICIÓN:

Se reabra el caso, para que se aplique todo el peso de la ley, a las personas que hayan incurrido en aparentes irregularidades, brincándose el ordenamiento jurídico y normativa vigente.

Me pongo a sus órdenes, para aportar la prueba que Usted considere oportuna y, además aclararle a la Fiscalía General de la República, cualquier duda al respecto.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

24 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

 

 

 

 

 

 

 

Favor retomar el Exp: 12-000046-0615-PE contra jerarcas de la CCSS.

 

Estimada doña Emilia Navas Aparicio, Fiscal General de la República.

Por medio de la presente, le envío un saludo cordial y, a la vez aprovecho para augurarle los mejores deseos en el difícil puesto que empieza a desempeñar el día de hoy.

Pido al Creador, la ilumine y le dé fuerzas para llevarlo a cabo de la mejor manera, haciendo lo que tanto necesita el Poder Judicial “JUSTICIA”

Quisiera por este medio, de la manera más atenta y respetuosa, solicitarle como ciudadano y parte del soberano de este hermoso país, proceda con el trámite -a la mayor brevedad posible-, del Expediente Nº 12-000046-0615-PE.

Como puede Usted notar, dicha denuncia se interpuso desde el año 2012, contra funcionarios de la Caja Costarricense de Seguro Social, por presunto daño a los intereses patrimoniales de la Hacienda Pública y al Interés Público (causantes de la crisis financiera endógena del Seguro de Salud y/o menoscabo de rentabilidad del fondo de reserva del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte) y, otras faltas.

Algunos de los denunciados que sigan haciendo de las suyas en NUESTRA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.

FUNCIONARIOCargo actual
i-Dra. Ileana Balmaceda Arias.Presidenta Ejecutiva.
ii-Lic. Gustavo Picado Chacón.Gerente Financiero.
iii-Lic. Manuel Ugarte Brenes.Ex Gerente Financiero (pensionado)
iv-Lic. José Luis Quesada Martínez.Gerente de Pensiones a.i.
v-Ing. Dinorah Garro Herrera.Gerente de Logística a.i.
vi-Lic. Luis Guillermo López Vargas.Director Actuarial y Económico.
vii-Lic. Iván Guardia Rodríguez.Director Financiero Contable.
viii-Licda. Sara González Castillo.Directora de Presupuesto.
ix-Lic. Alberto Acuña Ulate.Dir. Financiero Administrativo IVM.
x-Lic. Álvaro Vega Rojas.Director de Inversiones IVM.
xi-Lic. Carlos Montoya Murillo.Jefe Área Tesorería General.
xii-Lic. Roy Retana Mora.Jefe Área Crédito y Cobros IVM
xiii-Lic. Christian Hernández Chacón.Jefe Área Colocación de Valores.

 

Le agradeceré, me ponga al tanto del estado de dicho expediente y, me pongo a sus gratas órdenes para ayudarle con información que Usted considere pertinente, así, como hacerle una amplia exposición de lo acontecido, con personas altamente calificadas.

Saludos cordiales

 

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

17 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

Christian Solado (Rahso Santa Ana), nunca pelee con la vaina vacía.

 

Estimado señor Christian Solano Quintanilla.

Procedo, con el mayor de los gustos, a dar respuesta a su contestación a la denuncia realizada por el suscrito, el viernes 13 de los corrientes.

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2017/10/13/familia-solano-quintanilla-y-sus-representadas-grupo-rahso-adeudan-%E2%82%B5141-9-millones-a-la-ccss/

“Desconozco quien es usted y si tiene potestad legal para elevar una acusación tan seria en evidente perjuicio de una empresa y sus representantes legales y le aclaro inmediatamente que las siguientes son las únicas S.A pertenecientes a nuestro GIE y la única sociedad de todas con adeudo a la CCSS es Luz Color y Acabados por 1 sola cuota obrero patronal misma que confiamos en Dios cancelar a mediados de la próxima semana, esto señor dista mucho de la grave acusación que usted irresponsablemente formula”.

Le pongo en autos, que el suscrito no necesita potestad legal, “como indica Usted” para hacer denuncias contra los patronos morosos con nuestra Benemérita Institución la Caja Costarricense de Seguro Social.

Soy un simple labriego sencillo que, como cualquier ciudadano, defiende sus derechos, sobre todo, los de la seguridad social del pueblo.

Indica Usted:

“Estoy copiando en este correo a nuestros abogados mismos que se comunicaran con usted y aclararan por este medio y a quien formalmente lo solicite que lo expresado por mi persona anteriormente es veraz y se encargaran de defender nuestros derechos como ciudadanos y contribuyentes, así mismo como evaluar daños y perjuicios de su actuación”.

Don Christian, no crea que con este decir me pone a temblar, no señor, dichosamente, a través de los últimos 17 años, ya he pasado por donde asustan, de manera que, de forma respetuosa pero enérgica, le indico que Usted no es quien para hacerlo.

¡Existe un dicho en nuestro medio, (por favor no se dé por aludido) pero, perro que ladra no muerde!!……

Si Usted considera que lo estoy difamando o, que lo expresado no se ajusta a la verdad, actúe, Usted tiene todo el derecho, si le parece, con mucho gusto le indico la dirección de nuestros Tribunales de Justicia, pero…no trate de amedrentar, porque no lo va a lograr.

“Le exijo actué responsablemente y mientras tanto comprueba en base a DOCUMENTOS que usted está equivocado retire de sus redes sociales la publicación donde acusa a mi empresa y familia de tan fuerte difamación , le advierto señor Mora está usted cometiendo una injusticia y afectando fuertemente la moral de una empresa y familia honorable que trabaja en respeto de las leyes”.

 

Es definitivo don Christian, “el papel aguanta lo que le pongan”, así las cosas, le indico que más responsablemente no puedo actuar, defendiendo lo que le pertenece a este pueblo valiente y trabajador, ya que un sin número de “disque todopoderosos”, quieren seguir sangrando a nuestra Seguridad Social.

Ahora bien, la injusticia que Usted indica, “le afecta fuertemente la moral de una empresa familia honorable”, al que realmente le afecta, es a todos los asegurados de la CCSS, que con miles de millones, los irresponsables que no pagan sus adeudos en tiempo y forma, hacen más precaria la atención y compra de equipos para nuestra atención.

Para su conocimiento, le informo que en la Gaceta Nº46 del 7 de marzo del 2011, se publicó una Reforma al Artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social que dice:

(…)

“Los patronos y las personas que realicen total o parcialmente actividades independientes o no asalariadas, deberán estar al día en el pago de sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), así como con otras contribuciones sociales que recaude esta Institución conforme a la ley.”

(…)

Artículo 74 bis.-

Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se entenderá que se encuentran al día en el pago de sus obligaciones con la seguridad social, quienes hayan suscrito un arreglo de pago con la CCSS que garantice la recuperación íntegra de la totalidad de las cuotas obrero-patronales y demás montos adeudados, incluyendo intereses, y estén siempre que ni el patrono moroso, ni el grupo de interés económico al que pertenezca, hayan incumplido ni este ni ningún otro arreglo de pago suscrito con la CCSS, al día en su cumplimiento.  Lo anterior, durante los diez años anteriores a la respectiva contratación administrativa o gestión.”

También le puedo mencionar, que el artículo 51 de la misma ley, es clara en cuanto:

Artículo 51.- Las personas jurídicas, las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y autonomía funcional, aunque estas últimas tengan o no personalidad jurídica, responderán solidariamente por las acciones o las omisiones violatorias de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones.

Puedo denotar, que de acuerdo con lo expresado por Usted en el último párrafo, tiene flaca memoria en cuanto a la conformación de algunas de las razones sociales de su (honorable familia) donde participan Usted y sus honorables familiares como su hermano, y señor padre, que a la fecha adeuda a nuestra Seguridad Social, la suma de 108.046.968.25 y, que opera en la misma dirección de RAHSO SANTA ANA, S.A.

 

 

CED JURID

NOMBRE RAZON SOCIALDEUDA

CCSS

DEUDA

FODESAF

DEUDA

IMAS

TOTALES
3-101-462059Accesorios Eléctricos del Oeste, S,A.97.234.473.008.250.599.872.561.895.38₵108.046.968.25

 

3-101-462059      Accesorios Eléctricos del Oeste, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadreFiscal
1-1045-0512Manfred Eduardo Solano QuintanillaHijoPresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoTesorero

 

 

Don Christian, veo que Usted es una persona joven, como consejo, nunca se ponga a pelear o discutir con la vaina vacía, porque lleva en todo momento, las de perder.

Aprovecho esta misiva, para copiar a la Fiscal General de la República doña Emilia Navas Aparicio, para que de oficio actúe por la aparente causa de RETENCIÓN INDEBIDA de sus representadas.

A continuación, algunas de las razones sociales que conforman su honorable familia, mismas que conforman un GRUPO DE INTERES ECONÓMICO.

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

17 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

 

Ah, por favor, indique a sus abogados, que no pierdan el tiempo llamándome…

 

3-101-462066    Luz Color y Acabados, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHermanoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHermanaTesorera

 

3-101-198973    Rahso de Santa Ana, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadrePresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHijaTesorera

 

3-101-462745    Rahso de Guanacaste, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHermanoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHermanaTesorera

 

3-101-519848    Rahso Heavy Equipment “RHE” , S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHermanoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHermanaTesorera

 

3-101-517279    Rahso del Sur, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHermanoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHermanaTesorera

 

3-101-737296  Credi Motors, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadrePresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoVice-Presidente
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHijaSecretaria

 

3-101-248087   La Esfera Cuadrada de Santa Ana, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
    
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadrePresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoSecretario
1-1377-0443Debbie Elizabeth Solano QuintanillaHijaTesorera

 

3-101-703448    3-101-703448, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadreSecretario
1-1045-0512Manfred Eduardo Solano QuintanillaHijoPresidente

 

3-101-650180      3-101-650180, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-1045-0512Manfred Eduardo Solano QuintanillaHijoPresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoFiscal

 

3-101-650155   3-101-650155, S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadrePresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoSecretario

 

3-101-739104   3-101-739104 S.A.

Céd IdentNombreParentescoCargo
1-0507-0458Rafael Ángel Solano CerdasPadre
1-1045-0512Manfred Eduardo Solano QuintanillaHijoPresidente
1-1086-0004Christian Rafael Solano QuintanillaHijoTesorero

 

Familia Solano Quintanilla y sus representadas (GRUPO RAHSO) adeudan ₵141.9 millones a la CCSS.

 

Estimado señor Fiscal General de la República, Lic Jorge Chavarría Guzmán.

Reciba un saludo cordial.

Me presento ante Usted, de manera atenta y respetuosa, con el fin de interponer FORMAL DENUNCIA, por la aparente causa penal de RETENCIÓN INDEBIDA contra las siguientes personas:

  • RAFAEL ANGEL SOLANO CERDAS portador de la cédula de identidad Nº 1-0507-0458

 

  • MANFRED EDUARDO SOLANO QUINTANILLA, portador de la cédula de identidad Nº 1-1045-0512

 

  • CHRISTIAN RAFAEL SOLANO QUINTANILLA, portador de la cédula de identidad Nº 1-1086-0004 y,

 

  • DEBBIE ELIZABETH SOLANO QUINTANILLA, portador de la cédula de identidad Nº 1-1377-0443

 

La denuncia, contra el padre y tres de sus hijos, se debe a que conjuntamente conforman un GRUPO DE INTERES ECONÓMICO con sus empresas, en las cuales, aparecen en sus juntas directivas, ocupando diferentes cargos y, sus respectivas representaciones judiciales, que a la fecha adeudan la suma de 141.900.899.00, por concepto de cuotas obrero-patronales con la Caja Costarricense de Seguro Social.

Según el artículo 51 de la Ley Constitutiva de la CCSS, entre todas las empresas, constituyen una responsabilidad solidaria.

Artículo 51.- Las personas jurídicas, las entidades o colectividades que constituyan una unidad económica, dispongan de patrimonio y autonomía funcional, aunque estas últimas tengan o no personalidad jurídica, responderán solidariamente por las acciones o las omisiones violatorias de esta ley, cometidas por los representantes en el ejercicio de sus funciones.

DETALLE DE SUS EMPRESAS:

CED JURIDNOMBRE RAZON SOCIALDEUDA
  CCSS
3-101-462059Accesorios Eléctricos del Oeste, S.A.96,686,336.00
3-101-647961Manufactura Daprom, S.A.27,080,231.00
3-101-647289Emgiu Comercial, S.A.11,317,049.00
3-101-462066Luz Color y Acabados, S.A.6,817,283.00
3-101-198973Rahso de Santa Ana, S.A.AL DIA
3-101-462745Rahso de Guanacaste, S.A.AL DIA
3-101-710728Cargotecnia Centroamericana, S.A.AL DIA
3-101-429677Guangzhou Oriental Motors, S.A.AL DIA
3-101-359064Comunicaciones del Sol, S.A.INACTIVO
3-101-519848Rahso Heavy Equipment «RHE», S.A.INACTIVO
3-101-737296Credi Motors Costa Rica, S.A.NO INSCRITA
3-101-528297Concrece Constructora Crece, S.A.NO INSCRITA
3-101-517279Rahso del Sur, S.A.NO INSCRITA
3-101-499642Wachile del Oeste, S.A.NO INSCRITA
TOTALES ₡141,900,899.00

 

PETITORIA:

Así las cosas, por las razones antes descritas, solicito a su señoría, se notifique a estas cuatro personas, en las instalaciones de Grupo Rahso de Santa Ana, Pozos, carretera principal, entrada residencial Villareal 200 mts Sur, en un plazo no mayor a cinco días, para que cancelen dichos adeudos a la Caja Costarricense de Seguro Social, ya que durante mucho tiempo, han rebajado a sus trabajadores la cuota obrera sin reportarla en tiempo y forma a la institución de salud y, de no ser así, se proceda con el siguiente ordenamiento jurídico y normativa vigente, además de los que Usted considere convenientes.

Según el Artículo 30 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social dice:

“Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.

El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas” (…)

Esto según nuestro ordenamiento jurídico y normativa vigente, es tipificado en el Código Penal como RETENCIÓN INDEBIDA.

Según el Artículo 45 de la Ley Constitutiva de la CCSS indica:

“Artículo 45.- Constituye retención indebida y, en consecuencia, se impondrá la pena determinada en el artículo 216 del Código Penal, a quien no entregue a la Caja el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas en esta ley”.

CÓDIGO PENAL:

APROPIACIÓN Y RETENCIÓN INDEBIDAS:

“ARTÍCULO 223.- Se impondrá la pena establecida en el artículo 216, según el monto de lo apropiado o retenido al que, teniendo bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, por un título que produzca la obligación de entregar o devolver, se apropiare de ello o no lo entregare o restituyere a su debido tiempo, en perjuicio de otro. Si no hubiere apropiación sino uso indebido de la cosa, con perjuicio ajeno, la pena se reducirá, a juicio del juez.

En todo caso, previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño”.

Esperando la Fiscalía actúe a la mayor brevedad posible, se despide de Usted;

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

13 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

Nuevo Directivo del BCR L.D Vargas Chinchilla, adeuda ₵10.5 millones a la CCSS.

 

Estimado señor Presidente de la República, don Luis Guillermo Solís Rivera.

Aprovecho dicha misiva, para enviarle un cordial saludo.

Con relación a los nombramientos de los nuevos directivos en el Banco de Costa Rica, quisiera informarle que, a pesar de que el señor Ministro de la Presidencia entrevistó a cada uno de ellos vía telefónica, desdichadamente, no tomó en cuenta la revisión y verificación de los colegiados designados, con relación a sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social.

Así las cosas, le solicito de la manera más atenta y respetuosa, inste al señor Luis Diego Vargas Chinchilla, portador de la cédula de identidad Nº 1-0635-0026, para que cancele a la mayor brevedad posible, su adeudo con la Institución de Salud, que a la fecha suma 10.514.700.00

Quisiera hacerle una vehemente petición señor Presidente, cuando se tenga que hacer un nombramiento por parte de la Administración Pública en cualquier cargo, por favor, que sea norma de su gobierno, revisar el estado de los mismos ante nuestra Seguridad Social, ya que cuando existen montos pendientes, al pueblo y los costarricenses, nos deja un sabor muy amargo, ya que se empieza con torceduras que no convienen.

 

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel:8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

11 de octubre de 2017

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