Estimado señor Presidente de la República, Lic Rodrigo Chaves Robles.
Reciba Usted, un cordial saludo.
Con el fin de ilustrarle de la mejor manera, la incapacidad, negligencia, complicidad y alcahuetería de la Dirección de Cobros de la Caja Costarricense de Seguro Social, para con los patronos morosos de la Institución, procedo a indicarle respetuosamente:
El 05 de agosto del año 2022, el suscrito llevó a cabo una denuncia que, hasta el día 27 de febrero recién pasado, (7 meses después) me es contestada por la Dirección de Cobros de la Caja Costarricense de Seguro Social.
AGOSTO 5, 2022 POR COBRADORCCSS
Pri Mora de ABC de los Padres y sus colegios Saint Joseph y otros, adeudan ¢1.184 millones a la CCSS.
A la fecha, a pesar de innumerables denuncias que he realizado, sobre estos patronos en particular, he demostrado la RESPONSABILIDAD SOLIDARIA entre todas sus razones sociales, ya que conforman un GRUPO DE INTERÉS ECONÓMICO, sin embargo, por razones que desconozco, desde el año 2021, la Dirección de Cobros no a aplicado el ordenamiento jurídico y, mucho menos, la normativa vigente.
Artículo 20
Artículo 30
Artículo 45 Retención Indebida
Artículo 48 Cierre de Negocio, después de 2 meses de morosidad.
Artículo 51 Responsabilidad Solidaria por Unidad Económica
Artículo 74 Obligación de los Patronos de estar al día.
Ante dicha denuncia el Ministerio Público atiende la misma, enviándola a la UNIDAD ESPECIALIZADA DE TRÁMITE RÁPIDO DEL PODER JUDICIAL, bajo el Exp Nº 21-001392-0648-PE
Con estos argumentos, dejo demostrado que, el Departamento de Cobros, bajo la dirección del señor Luis Diego Calderón Villalobos, ha sido permisivo y complaciente con los representantes legales de dichas razones sociales.
Por lo antes descrito, solicito a la Presidenta Ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, aplicar los artículos 19 y 53 de la Ley Constitutiva de la Institución, al señor Luis Diego Calderón Villalobos, como Director de Cobros de la Institución por décadas.
De igua forma, solicito a la Fiscalía General de la República, investigar al señor Calderón Villalobos por el supuesto INCUMPLIMIENTO DE DEBERES EN LA FUNCIÓN PÚBLICA artículo 339 y, otros más que le puedan ser aplicados:
Será reprimido con pena de inhabilitación de uno a cuatro años, el funcionario público que ilegalmente omita, rehúse hacer o retarde algún acto propio de su función. Igual pena se impondrá al funcionario público que ilícitamente no se abstenga, se inhiba o se excuse de realizar un trámite, asunto o procedimeinto, cuando está obligado a hacerlo
Con todo respeto señor Presidente de la República, agradeceré, interponer sus buenos oficios, para que se ponga orden en nuestra Benemérita Institución, con respecto a estos pésimos trabajadores y enemigos de la Institución, tal y como doña Marta Eugenia ha venido haciendo, en hora buena.
Saludos cordiales
Roberto Mora Salazar
Céd: 1-0396-0099
Correo electrónico: [email protected]
2 de marzo de 2023
https://robertomorasalazar.ticoblogger.com/