Señora Fiscal, favor reabrir TRAFICO DE INFLUENCIAS del Dr Douglas Montero Ch, del Hosp México.

 

Estimada señora Fiscal General de la República, Lic Emilia Navas Aparicio.

Reciba Usted un saludo cordial de mi parte.

De la manera más atenta y respetuosa, me dirijo a Usted, con el fin de ponerla en autos del EXP: 14-000543-0619-PE y, solicitarle por favor se retome este caso, para que se haga justicia al igual que los otros que, dichosamente Usted está sacando del baúl de los recuerdos del señor Chavarría Guzmán.

 

 

  1. El 28 de agosto del año 2014, el suscrito interpuso una denuncia por el APARENTE TRÁFICO DE INFLUENCIAS, por parte del doctor Douglas Montero Chacón, Director Médico del Hospital México que, en la actualidad, ocupa el mismo puesto.

 

  1. Algunos de los nombramientos ilegítimos, realizados a dedo por el Dr Montero Chacón:

 

1.1.1 NOMBRAMIENTO INTERINO DE LA DRA JULIA FREER VARGAS.

Mediante acción de Personal 418661, del 20 de marzo del 2009, el Dr Douglas Montero Chacón, autorizó el nombramiento en la plaza vacante N° 21138 de México Asistente Especialista, de la Dra Freer Vargas, por traslado interino de la Clínica Clorito Picado al Hospital México,

 

1.1.2 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR OSCAR ALVARADO ROJAS.

De igual forma, el Doctor Montero Chacón, procede a nombrar sin tomar en cuenta el proceso de selección de ingreso interino en la plaza vacante 27572 al Dr Oscar Alvarado Rojas, con la acción de personal 295543 del 14 de abril del 2010

 

1.1.3 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR JUAN ANTONIO UGALDE MUÑOZ.

No se realizó proceso de selección para el nombramiento interino en la plaza vacante 33104, de Médico Jefe 3

Mediante acción de Personal 26031 del 12 de agosto del 2009, el Dr Douglas Montero Chacón, autorizó el nombramiento por traslado y ascenso interino de la Clínica Clorito Picado al Hospital México, en labores de Jefatura de Consulta Externa.

 

1.1.4 NOMBRAMIENTO INTERINO DEL DR OSCAR JOVEL ALVARADO FREER.

No se evidencia la ejecución de un proceso de selección para el nombramiento interino en las plazas 2174, 36221, de Médico Asistente Especialista.

Se le nombra interinamente en la plaza N° 2174, de Médico Asistente Especialista prorrateado a Médico Asistente General, mediante acción de personal 548824, del 18 de febrero al 30 de junio del 2013, autorizando el nombramiento el Dr Douglas Montero Chacón.

 

Segun el Estatuto de Servicio de la Caja, en su artículo 42 y los Criterios para el nombramiento de profesionales interinos en ciencias médicas, han sido pisoteados y boicoteados por parte del Dr Montero Chacón a la hora de hacer los nombramientos a dedo de manera indebida.  Varios de ellos, sus ex compañeros de la Clínica Clorito Picado

 

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/08/12/dr-douglas-montero-director-del-hospital-mexico-en-el-ano-2004-supuestamente-dio-ordenes-sus-subalternos-clinica-clorito-picado-para-alterar-expedientes-de-pacientes/

 

El Doctor Douglas Montero Chacón, como director y autoridad superior del Hospital México, ha hecho caso omiso a las leyes y procedimientos de la Caja y, sobre todo a La Ley General de Control Interno que indica:

“Artículo 8º—Concepto de sistema de control interno. Para efectos de esta Ley, se entenderá por sistema de control interno la serie de acciones ejecutadas por la administración activa, diseñadas para proporcionar seguridad en la consecución de los siguientes objetivos:

  1. a) Proteger y conservar el patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal.
  2. b) Exigir confiabilidad y oportunidad de la información.
  3. c) Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones.
  4. d) Cumplir con el ordenamiento jurídico y técnico.

Artículo 10.—Responsabilidad por el sistema de control interno. Serán responsabilidad del jerarca y del titular subordinado establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno institucional. Asimismo, será responsabilidad de la administración activa realizar las acciones necesarias para garantizar su efectivo funcionamiento”.

(La negrita y el subrayado no forman parte del original)

El Código Penal dispone:

ARTÍCULO 337.- (*) Nombramientos ilegales.

Será reprimido con treinta a noventa días multa el funcionario público que propusiere o nombrare para cargo público a persona en quien no concurrieren los requisitos legales.

(La negrita y el subrayado no forman parte del original)

El Manual de Normas de Control Interno para el sector público dispone:

2.4 Idoneidad del personal:

El personal debe reunir las competencias y valores requeridos, de conformidad con los manuales de puestos institucionales, para el desempeño de los puestos y la operación de las actividades de control respectivas. Con ese propósito, las políticas y actividades de planificación, reclutamiento, selección, motivación, promoción, evaluación del desempeño, capacitación y otras relacionadas con la gestión de recursos humanos, deben dirigirse técnica y profesionalmente con miras a la contratación, la retención y la actualización de personal idóneo en la cantidad que se estime suficiente para el logro de los objetivos institucionales.

 

 

  1. El día 12 de setiembre del 2014, el señor Bryan Bolivar Zúñiga, Técnico Judicial 2 de la Fiscalía General me envía una Remisión de oficio, que textualmente indica:

“Remisión de oficio

Recibidosx
Fiscalia General
12 de sept. (hace 6 días)
para mí, Bryan

Señor

Roberto Mora Salazar

Presente

 

Estimado señor:

 

Por este medio, y siguiendo instrucciones superiores, le remito en formato digital el oficio Nº FGR-711- 2014, de la Fiscalía General. Lo anterior en relación con su correo electrónico de fecha 28 de agosto de 2014, referente al supuesto tráfico de influencias por parte del doctor Douglas Montero Chacón.

 

Se despide atentamente;

 

 

 

Bryan Bolívar Zúñiga

Técnico Judicial 2

Fiscalía General”

 

  1. El 13 de abril de 2015, de acuerdo con la notificación realizada por la Fiscalía del I Circuito Judicial de San José, me presenté para la debida ampliación de denuncia penal según EXPENDIENTE: 14-000543-0619-PE

 

Como soporte y prueba de lo denunciado, tengo en mi poder el informe de Auditoría del Hospital México del 8 de julio de 2014, ASAAI-107-2014 en el cual entre otras cosas dice:

RESUMEN EJECUTIVO

 

De conformidad con los resultados obtenidos en el presente estudio, se evidencia que la gestión de recursos humanos en el Hospital México, presenta debilidades que podrían obstaculizar el alcance de los objetivos de ese centro asistencial, debido entre otros aspectos se ha incurrido en la ejecución de procedimientos o prácticas administrativas no propias del marco normativo, aspecto que no es concordante con la obligación de los titulares subordinados y el resto de funcionarios de establecer un adecuado sistema de control interno.

 

El estudio evidencia el incumplimiento del clausulado normativo institucional en materia de contratación de personal de primer ingreso y en ascenso interinos, debido a que se recurre a efectuar nombramientos en forma directa, o mediante mecanismos alternativos que se apartan del bloque de legalidad por parte de las jefaturas del Hospital México,  situaciones que revelan un débil ambiente de control, siendo la Unidad de Gestión de Recursos Humanos quien debe brindar una garantía razonable de que estos procesos sean ejecutados de manera adecuada en apego al ordenamiento jurídico, con el propósito de garantizar un procedimiento de calidad en la contratación y nombramiento de personal.

 

Doña Emilia, esta es la primera parte del auditoraje que señala, de manera clara y contundente, los procedimientos irregulares con los cuales se contrataba o contrata en este nosocomio.

Los siguientes, son algunos links de las denuncias interpuestas por el suscrito, que aparecen en el siguiente blogg:

·              Dr Douglas Montero Director del Hospital Mëxico, omitió la normativa vigente y nombró a sus amigotes, Esposo, esposa, hijo como médicos del nosocomio.(TRAFICO DE INFLUENCIAS)(CORRUPCIÓN)

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2014/08/31/dr-douglas-montero-director-del-hospital-mexico-omitio-la-normativa-vigente-y-nombro-sus-amigotes-esposo-esposa-hijo-como-medicos-del-nosocomio-trafico-de-influenciascorrupcion/

  • Otro presunto tráfico de influencias del Dr Douglas Montero Chacón Director Médico del México

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/2015/04/07/otro-presunto-trafico-de-influencias-del-dr-douglas-montero-chacon-director-medico-del-mexico/

PETICIÓN:

Se reabra el caso, para que se aplique todo el peso de la ley, a las personas que hayan incurrido en aparentes irregularidades, brincándose el ordenamiento jurídico y normativa vigente.

Me pongo a sus órdenes, para aportar la prueba que Usted considere oportuna y, además aclararle a la Fiscalía General de la República, cualquier duda al respecto.

 

Atentamente;

 

Roberto Mora Salazar

Céd: 1-396-099

Cel: 8340-4504

Correo electrónico: [email protected]

24 de octubre de 2017

http://wordpress-392513-1235508.cloudwaysapps.com/

 

 

 

 

 

 

 

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