Estimado señor Fiscal General de la República, Licenciado Jorge Chavarría Guzmán. Sirva la presente para enviarle un cordial saludo.
El día de hoy en el periódico La Nación viene insertado un brochure del COLEGIO CIENTIFICO BILINGÜE REINA DE LOS ANGELES, patrono al cual he instado con el fin de que ponga a derecho la morosidad en que se encuentra con la Caja Costarricense de Seguro Social por concepto de cuotas obrero patronales que a la fecha es de ₡79.001.425.00.
Es notorio que los representantes de dicho colegio no pagan este monto a la Caja no por falta de dinero ya que se está construyendo el gimnasio de dicho colegio en el lote contiguo, el cual siempre fue usado como parqueo de la institución. (adjunto fotografía)Los representantes legales de esta razón social han tenido la desfachatez de declarar ante la CCSS esta empresa como PATRONO INACTIVO desde hace varios años, y una vez más demuestro a la Gerencia Financiera de la Caja, que dicho patrono sigue con su labor como si tal cosa a pesar de su inactividad ante la CCSS.
Este patrono con cédula jurídica N° 3-101-226746 no solo ha hecho RETENCIÓN INDEBIDA de los dineros que rebaja a sus profesores y trabajadores de la Institución al no reportarlos ante la CCSS, sino, que de forma amañada ha tratado de SIMULAR al conformar otras empresas.
CEDULA JURIDICANOMBRE RAZON SOCIALSUCURSAL DE LA CCSSESTADO ANTE LA CCSSMONTO ADEUDADO A LA CCSS AL 18 agosto 2011
3-101-226746COLEGIO CIENTIFICO BILINGÜE SAGRADA REINA DE LOS ANGELES, S.A.DESAMPARADOSPATRONO INACTIVO MOROSO79.001.425.00
3-101-415159SISTEMAS DE EDUACION CONTEMPORANEA Z.G, S.A.DESAMPARADOSPATRONO ACTIVO MOROSO4.310.761.00
3-101-140639RROPE INTERNACIONAL, S.A.DESAMPARADOS PATRONO ACTIVO AL DIA0.00
3-101-109772MENTES EN ACCION, S.A.OFICINAS CENTRALESPATRONO INACTIVO AL DIA0.00
3-101-111609CENTRO DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO, S.A.OFICINAS CENTRALESPATRONO INACTIVO AL DIA0.00
TOTALES ₡83.312.186.00
El artículo 30 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social dice:
Artículo 30.- Los patronos, al pagar el salario o sueldo a sus trabajadores, les deducirán las cuotas que estos deban satisfacer y entregarán a la Caja el monto de las mismas, en el tiempo y forma que determine la Junta Directiva.
El patrono que no cumpla con la obligación que establece el párrafo anterior, responderá personalmente por el pago de dichas cuotas. Cuando el patrono fuere el Estado o sus instituciones, y el culpable de que no se haga la retención fuere un trabajador al servicio de ellos, la responsabilidad por el incumplimiento será suya y se le sancionará con suspensión del respectivo cargo, durante quince días, sin goce de sueldo.
En caso del traspaso o arrendamiento de una empresa de cualquier índole, el adquiriente o arrendatario responderá solidariamente con el trasmitente o arrendante, por el pago de las cuotas obreras o patronales que estos últimos fueren en deber a la Caja en el momento del traspaso o arrendamiento. Para que la Caja recupere las cuotas que se adeuden, se procederá de acuerdo con lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 53 de esta ley.
(la negrita y el subrayado no forman parte del original)
Así las cosas señor Chavarría Guzmán, considero improcedente que la Gerencia Financiera de la CCSS no tenga un protocolo para actuar con este tipo de patronos que declaran una razón social como INACTIVA y siguen operando a vista y paciencia de los personeros de la Caja. Con esta actitud desinteresada de los jerarcas de la CCSS, se debe de aplicar el Artículo 19 de esta misma Ley:
“Artículo 19.- Los miembros de la Junta Directiva, los gerentes de División y el resto del personal de la Caja que, por dolo o por culpa grave, ejecuten o permitan la ejecución de operaciones contrarias a la presente ley o sus reglamentos, responderán con sus bienes por las pérdidas que tales operaciones irroguen a la institución, sin perjuicio de la responsabilidad penal consiguiente”.
Le agradeceré señor Fiscal General, interponer sus buenos oficios para que este tipo de situaciones no se sigan dando ya que todo ello va en un claro detrimento a nuestra Seguridad Social, además de tratarse de INTERES PUBLICO.
(Adjunto archivo con brochure y con documento de la página web de la Caja donde se demuestra lo dicho.)
Atentamente;
Roberto Mora Salazar
Céd: 1-396-099
Cel: 8340-4504
Correo electrónico: [email protected]
18 de Agosto del 2011
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http://www.ticos.in/usuarios/colegio_cientifico.htm tal vez le sirva
http://ticas.in
Definitivamente es horrible como en Costa Rica ,con la complicidad de las autoridades, colegios como ese puedan funcionar. Don Fernando Zepeda, creo que asi se llama el propietario del Sagrada deberia tener un poquito mas de verguenza. Indudablemente algo sucio y oscuro se maneja entre autoridades publicas y el propietario del colegio, son muchos los millones que estan en juego y las autoridades no actuan.Esto huele mal.
Estoy otra vez de paso por Costa Rica buscando colegio y me ha sorprendido como el Estado tiene colegios funcionando en condiciones infrahumanas, hoy pase por el Colegio de Occidente, en plena avenida central de Cartago y me encontre que ese colegio publico es un autentico gallinero, en una emergencia ahi se produciria una autentica desgaracia, los estudiantes estan hacinados, no hay suficiente ventilacion, no hay salidas de emergencia, los estudiantes tienen que salir a recreos a media calle, no hay rampas y no se cumple ninguna norma de seguridad.Esto es una absoluta irresponsabilidad del Ministerio de Salud y del Ministerio de Educacion Publica. Ademas los estudiantes de este colegio siempre se encuetran orbitando por los lugares cercanos. IRRESPONSABLES. Por que a nadie le ibteresa el bienestar y seguridad de los estudiantes y los ponen en peligro.